Aunque ambos términos se refieren al inicio de un proceso penal, la forma en la que se presentan y las personas involucradas son diferentes. Aquí están las principales diferencias y conceptos clave:
- Querella:
- Qué es: Es una solicitud formal, presentada por escrito, para que se inicie un proceso penal. La persona que la presenta, llamada “querellante”, participa activamente en el proceso. Se necesita un abogado y un procurador para hacerlo.
- Quién puede presentarla: Cualquier persona que se considere afectada por un delito puede presentar una querella. Por ejemplo, si alguien es víctima de calumnias o injurias, puede presentar una querella contra el agresor.
- Tipos:
- Querella privada: Presentada por un particular que se siente afectado por el delito.
- Querella pública: Presentada por el Ministerio Fiscal (una autoridad pública).
- Requisitos: Debe ser presentada por un abogado y firmada por un procurador, y es necesario aportar pruebas o indicar cómo se pueden conseguir. Además, debe haber un intento previo de solucionar el conflicto antes de recurrir a los tribunales.
- Dónde se presenta: Siempre en el juzgado, no en una comisaría o cuartel.
- Denuncia:
- Qué es: Es un acto mediante el cual alguien informa a las autoridades sobre la posible comisión de un delito. No es necesario que la persona que denuncia sea parte afectada; cualquier testigo o persona con conocimiento del hecho puede denunciar.
- Quién puede presentarla: Cualquier persona que tenga conocimiento de un delito, incluso de forma anónima. Por ejemplo, si presencias un robo o eres consciente de un fraude, puedes denunciarlo sin estar directamente involucrado.
- Dónde se presenta: Puede presentarse de forma escrita u oral, y no solo en los juzgados, sino también ante la policía o la Guardia Civil.
- Participación: Cuando presentas una denuncia, no participas activamente en el proceso penal. Solo pones en conocimiento de las autoridades el delito, pero no te involucras más allá de eso.
Principales diferencias:
- Denuncia: Informas sobre un delito, pero no participas en el proceso. Se puede hacer de forma verbal o anónima y ante cualquier autoridad, como la policía.
- Querella: Participas activamente en el proceso porque te consideras directamente afectado. Se hace por escrito, con abogado y procurador, y solo se presenta en los juzgados.
En resumen, la denuncia es más simple y no requiere que sigas el proceso, mientras que la querella implica que tomas parte en el proceso judicial como afectado. Además, la denuncia puede hacerse incluso sin ser la víctima, mientras que la querella es para personas que sufrieron directamente el delito.