Si has estado de baja por una enfermedad o lesión durante un largo tiempo, como una hernia o un proceso depresivo, y has llegado al año de baja, es natural que te preguntes quién te paga a partir de los 12 meses. Durante el primer año, es la empresa quien paga la incapacidad temporal. Sin embargo, después de los 365 días, el responsable del pago es la Seguridad Social o, en algunos casos, la mutua.
Cuánto Se Cobra Después de un Año de Baja
Uno de los aspectos que preocupa a los trabajadores que llevan un año de baja es si cambiará la cantidad que reciben. La buena noticia es que la cuantía no varía después de los 365 días. El trabajador seguirá cobrando el 75% de su base reguladora, tal como lo venía haciendo desde el día 21 de baja. Esto significa que después del primer año, seguirás recibiendo la misma cantidad mensual.
Detalles de los pagos antes de los 12 meses:
- Primeros 3 días: No se cobra nada.
- Del 4º al 20º día: Se cobra el 60% del salario, abonado inicialmente por la empresa, aunque reembolsado por la Seguridad Social.
- Del 21º día en adelante: El trabajador recibe el 75% de su base reguladora.
¿Qué Pasa Después de los 12 Meses de Baja?
Una vez alcanzados los 12 meses de baja, la empresa deja de pagar y la Seguridad Social toma el control del pago. En este momento, se puede conceder una prórroga de 180 días (6 meses), lo que significa que tendrás otros seis meses para recuperarte de tu condición. Durante esta prórroga de 6 meses, seguirás cobrando el 75% de tu base reguladora.
Tribunal Médico y Prórroga
A partir de este momento, es común que te llamen al tribunal médico para evaluar si tu condición mejora o si es necesario tomar otras medidas, como iniciar un proceso de incapacidad permanente. Sin embargo, muchos trabajadores se preguntan: “Llevo un año de baja y el INSS no me llama“. Aunque la ley establece que el tribunal debería contactar tras los 12 meses, en la práctica puede tardar varios meses más.
¿Quién Paga la Baja a Partir de los 12 Meses?
A partir del primer año de baja, es la Seguridad Social o la mutua la encargada de pagar la incapacidad temporal, no la empresa. Si el INSS concede una prórroga de 6 meses, continuarás cobrando de la Seguridad Social. Si tras esos 180 días adicionales no te han dado el alta, el proceso podría prorrogarse hasta los 24 meses.
¿Qué Sucede Después del Año de Baja?
Si tras un año de baja tu condición médica no ha mejorado, se presentan tres posibles escenarios:
- Prórroga automática de 180 días: Como hemos mencionado, es la opción más común. Durante este tiempo, seguirás cobrando el 75% de tu base reguladora.
- Alta médica: Si los médicos consideran que estás recuperado, recibirás el alta y deberás reincorporarte al trabajo. En algunos casos, los trabajadores optan por usar las vacaciones acumuladas para prolongar su tiempo de descanso antes de regresar.
- Inicio del proceso de incapacidad permanente: Si tu dolencia persiste y no hay señales de mejoría, se puede iniciar el proceso para obtener la incapacidad permanente. En este caso, el tribunal médico evaluará tu situación para determinar si calificas para esta incapacidad.
¿Cuándo Pasas por el Tribunal Médico?
Una de las preguntas frecuentes es si el tribunal médico te llamará inmediatamente después del año de baja. Aunque debería ser así, en la práctica pueden pasar varios meses antes de que te convoquen. Si pasado un tiempo, el INSS no te ha dado una respuesta y te preguntas “llevo un año de baja y el INSS no me llama“, lo ideal es estar preparado con informes médicos que justifiquen tu estado de salud.
¿Qué Pasa Después de la Prórroga de 180 Días?
Tras la prórroga de 180 días, es posible que se conceda una nueva prórroga de otros 180 días. En ese caso, el trabajador podría acumular hasta 24 meses de incapacidad temporal. Si no se te da el alta médica, pero tu salud no mejora, lo más probable es que se inicie el proceso de incapacidad permanente.
Durante este tiempo, es obligatorio reincorporarse al trabajo una vez se recibe el alta, aunque algunos empleados optan por tomar vacaciones acumuladas o, en ciertos casos, solicitar una nueva baja si su condición médica lo requiere.
¿Quién Te Da el Alta Médica?
El alta médica no la puede emitir la mutua, aunque esta puede sugerirlo. El alta final solo puede ser emitida por el servicio de salud autonómico a través del médico de cabecera, o por el INSS. Por tanto, si has estado un año de baja, quien tiene la última palabra sobre tu reincorporación laboral es la Seguridad Social.
En resumen, si llevas un año de baja, es la Seguridad Social o la mutua la que te pagará a partir de los 12 meses, y podrás seguir recibiendo el 75% de tu base reguladora. A partir de ese momento, es posible que te concedan una prórroga de 6 meses y, dependiendo de tu evolución, podrás reincorporarte al trabajo o iniciar un proceso de incapacidad permanente.