Cuando un trabajador se encuentra nuevamente enfermo, pero esta vez por una dolencia distinta, por ejemplo, una depresión y luego artrosis de columna, a la que lo llevó a estar de baja anteriormente, no hay motivo para preocuparse. Tanto su médico de cabecera como la mutua (dependiendo de la causa de la dolencia) pueden emitir una nueva baja si es necesario y se cumplen los criterios. Cada caso es único, y la nueva baja dependerá de la evaluación médica y de la gravedad de la nueva enfermedad. Si hay una razón médica válida, se podrá solicitar una nueva baja para garantizar el tratamiento y recuperación del trabajador.
Baja por la misma patología tras una denegación de incapacidad permanente
Si has vuelto a trabajar después de una enfermedad o lesión y te ves afectado nuevamente por la misma dolencia, podrías recibir una baja por “recaída”, siempre que esta recaída ocurra dentro de los 180 días posteriores a tu alta médica. Solo los inspectores médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) pueden autorizar este tipo de baja.
Baja por recaída
Aunque es posible obtener una baja por recaída, no es fácil si previamente has recibido el alta de la inspección médica del INSS. Después de un cierto tiempo, el control de las bajas médicas pasa del médico de cabecera al INSS, y este organismo es el que estudia si conceder o no la baja y si la misma conlleva el pago de una prestación económica. En algunos casos, aunque te reconozcan la baja por recaída, es posible que no recibas compensación económica.
¿Se puede cambiar el motivo de una baja médica?
Sí, se puede obtener una nueva baja médica por una patología diferente a la que causó la incapacidad temporal anterior. En este caso, ya no estaríamos hablando de una baja por recaída, sino de una nueva baja debido a una dolencia distinta, como una nueva enfermedad o accidente no relacionado. Si te enfrentas a esta situación, es esencial que te pongas en contacto con tu médico o la Seguridad Social para iniciar el proceso de solicitud y asegurarte de que recibes la atención médica adecuada. Contar con apoyo legal también puede ser útil para proteger tus derechos.
Alta por inspección médica y nueva baja por distinta patología
El sistema de Seguridad Social permite la posibilidad de una nueva baja médica cuando la patología es diferente. En este caso, no se consideraría una baja por recaída, ya que la enfermedad es distinta. Esta nueva baja puede ser emitida por el médico de cabecera, a menos que el INSS haya emitido previamente un alta dentro de los primeros 12 meses de la baja original.
Nueva baja médica
Puedes solicitar una nueva baja médica si la enfermedad o lesión es diferente a la que te afectó previamente. Incluso si la patología es la misma, si han pasado más de 180 días desde el alta, también se consideraría una nueva baja. A diferencia de la baja por recaída, la nueva baja médica no puede ser denegada por la Seguridad Social, aunque en algunos casos la Seguridad Social podría argumentar que se trata de una patología similar a la anterior.